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RODRIGO ALEJANDRO MEDINA HERNÁNDEZ

Rut                                   :      46.342 de Providencia

Fecha de Nacimiento     :      11-03-58, 18 años a la fecha de su detención

Domicilio                         :      Caupolicán 1081, Providencia, Santiago

Estado Civil                     :      Soltero

Actividad                         :       Estudiante de la Facultad de Filosofía de la                                                        Universidad de Chile.

C.Repres.                        :       Militante del Movimiento de Izquierda                                                                  Revolucionaria MIR.

Fecha de Detención      :       27 de mayo de 1976

El 27 de mayo de 1976 fue detenido en la vía pública el estudiante de Filosofía y militante del MIR Rodrigo Alejandro MEDINA HERNANDEZ, a quien se vio por última vez en agosto de ese año en Villa Grimaldi.

La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

A fines de mayo de 1976, fueron asimismo detenidos y posteriormente desaparecidos otros tres militantes del MIR:

El 25 de mayo de 1976, Angel Gabriel GUERRERO CARRILLO fue detenido en Antonio Varas con Providencia por agentes de la DINA que se movilizaban en un auto Peugeot de color blanco, siendo trasladado a Villa Grimaldi, lugar en que fue visto por varios testigos y desde el cual se le perdió el rastro.

Al día siguiente, el 26 de mayo, fue detenido Oscar Dante VALDIVIA GONZALEZ, y esa misma noche, los domicilios de varios familiares del afectado fueron allanados en busca de armas. Desde esa fecha, no se han vuelto a tener noticias acerca de su paradero.

COMISIÓN RETIG

SITUACIÓN REPRESIVA

Rodrigo Medina Hernández, de 18 años de edad, estudiante de Filosofía en la Universidad de Chile, militante del MIR, fue detenido por agentes de la DINA el 27 de mayo de 1976, aproximadamente a las 20:00 horas.

La detención se produjo en las esquinas de Isabel La Católica con Gran Avenida José Miguel Carrera, paradero 22 y 1/2 de La Cisterna. Estando en dicho lugar, en compañía de un amigo, llegaron unos civiles que detuvieron a Rodrigo Medina, quien momentos antes había comentado a su acompañante que era seguido, motivo por el cual le entregó sus cuadernos. Estos hechos fueron relatados a la madre del afectado por su acompañante.

           

El afectado había salido de su casa ese día cerca de las 18:30 horas, sin indicar a su madre hacia donde se dirigía.

La señora Malva Hernández relató posteriormente en el proceso judicial respectivo, que como no llegaba su hijo, quien le había dicho que regresaría a comer, comenzó a tratar de averiguar qué podía haber sucedido. "Pasaron tres días, y el lunes 30 del mismo mes, como a eso de las 18:00 a 19:00 horas llegó a mi casa un joven desconocido para mí, diciéndome que mi hijo Rodrigo había sido detenido".

           

Luego de detener a Rodrigo Medina, consta que sus aprehensores lo trasladaron hasta el recinto de Villa Grimaldi, ubicado en la comuna de Peñalolén.

           

Máximo Vásquez, detenido por la DINA desde el 11 de agosto de 1976, hasta el 10 de septiembre del mismo año, y que permaneciera durante ese tiempo en Villa Grimaldi, señaló en una declaración jurada que estuvo en el mencionado recinto con "Rodrigo Medina Hernández, quien vestía casaca cortavientos color azul y pantalones blue jeans; él me recomendó que hiciera gimnasia para mantener mis músculos en actividad."

           

En el proceso judicial por la presunta desgracia del afectado compareció Ricardo Alarcón Alarcón, quien junto con estar vinculado políticamente al afectado, fue detenido por la DINA y obligado a permanecer en Villa Grimaldi, allí "durante los interrogatorios me di cuenta que las preguntas que me hacían se relacionaban con Rodrigo Medina Hernández... El 19 de agosto vi al afectado (en Villa Grimaldi) cuando iba en una fila india con la vista vendada, por su físico delgado y rubio y su estatura lo reconocí. Además le escuché su voz durante los interrogatorios. A los pocos días me sacaron de ese campamento... Deseo agregar que a mí me consta que Rodrigo Medina Hernández, fue detenido por la DINA...".

           

También consta una declaración jurada de Eduardo Medina Hernández, hermano del afectado, quien por una denuncia hecha por un familiar que sufría problemas de salud mental, fuera detenido por Carabineros de la 24ª Comisaría el 26 de diciembre de 1976, siendo trasladado hasta el cuartel de la mencionada unidad policial, señala: "...estando yo allí se hizo presente, requerido por Carabineros, un grupo de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, los cuales procedieron a trasladarme, esposado y con mis ojos vendados a un recinto que desconozco en donde permanecí, siempre vendado, hasta las tres de la tarde del mismo día, en que fui puesto en libertad... en el recinto fui interrogado sobre mi hermano Rodrigo Medina Hernández, quien fuera detenido el día 27 de mayo del año en curso, encontrándose hasta la fecha desaparecido, y además, sobre las gestiones que, para ubicar a mi hermano, he realizado en la Vicaría de la Solidaridad..."

           

Durante aquellos días desaparecieron otros jóvenes, también del MIR y que estaban vinculados al afectado, ellos son Angel Gabriel Guerrero Carrillo, Oscar Dante Valdivia González y Luis Hernán Núñez Rojas, todos permanecen desaparecidos desde el 25 y 26 de mayo de 1976, días en que fueron detenidos. A pesar de las innumerables diligencias y gestiones realizadas por su familia el afectado permanece actualmente en calidad de detenido desaparecido.

GETIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

El 11 de junio de 1976, Malva Hernández presentó ante el 4º Juzgado del Crimen de Santiago una denuncia por presunta desgracia de su hijo Rodrigo Medina. La causa fue rolada con el Nº10.927.

           

El 29 de junio de 1976 el Ministro del Interior, General de División Raúl Benavides, comunicó al Tribunal que el afectado no se encontraba detenido por orden de su repartición. Agregaba en el oficio que en cuanto a la consulta hecha a la DINA, ese organismo informó que no registraba la detención del ciudadano Rodrigo Medina H. Respuesta similar envió la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos y el mismo Ministerio, ambas con fecha 23 de junio de 1976.

           

Mientras se tramitaba la presente causa, se presentó un recurso de amparo en favor del afectado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que ingresó con el rol Nº560-76 el 25 de junio de 1976.

           

Consultado el Ministerio del Interior, el 8 de julio de 1976 respondió no tener antecedentes del afectado y además agrega que no se ha ordenado su detención. Basándose en éstos antecedentes la Corte resolvió el 8 de julio de 1976, declarar sin lugar el recurso, ordenando remitir los antecedentes al 4º Juzgado del Crimen de Santiago, a fin de que instruyera el sumario correspondiente. Apelada la resolución fue confirmada por la Corte Suprema el 14 de julio de 1976.

           

El 6 de diciembre de 1977 la Corte de Apelaciones de Santiago aprobó la resolución del Juez.

           

En abril de 1978 se solicitó el desarchivo y que se dejara sin efecto el sobreseimiento de la causa, señalando que existen testigos en condiciones de informar sobre el desaparecimiento del afectado, como el caso del detenido Ricardo Alarcón. El 6 de abril el juez accedió a lo solicitado.

           

El 12 de abril de 1978 comparece ante el juez el detenido en la Penitenciaría de Santiago, Ricardo Alarcón Alarcón, éste declara haber visto a Rodrigo Medina en el recinto secreto de la DINA de Villa Grimaldi en agosto de 1976.

           

Consultada sobre la situación del afectado, la Central Nacional de Informaciones, CNI, respondió que " Por circular del 25 de mayo pasado el Sr. Ministro del Interior reitera la instrucción impartida en el sentido que ninguna información puede ser entregada por esta Central Nacional de Informaciones, sin que previamente dicha Secretaría de Estado haya emitido un pronunciamiento sobre la materia". Por orden del Director firmaba el Oficio el Jefe del Estado Mayor de la CNI, Coronel de Ejército Jerónimo Pantoja Henríquez. Dicha información fue confirmada por el Ministro del Interior, Sergio Fernández Fernández, en el Oficio de respuesta solicitaba además al Tribunal que la información relativa a la materia fuera enviada en sobres y con la reserva que el caso aconseja "a fin de evitar que puedan ser conocidas y explotadas por elementos interesados". Por su parte la Central Nacional de Informaciones, CNI, comunicó al Juez que el recinto de Villa Grimaldi "es un recinto militar a cargo de C.N.I. en el cual no existe detenido alguno, como tampoco los hubo con anterioridad, por no haber sido jamás un recinto habilitado para la detención de personas", agregando que en los archivos de dicho organismo no existen antecedentes sobre el afectado y que sin embargo su nombre figura en la lista de desaparecidos de la Vicaría de la Solidaridad.   El 24 de noviembre de 1978 se declaró nuevamente cerrado el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa. A pesar de ser apelada la resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago en mayo de 1979.

           

Paralelamente a las acciones judiciales, su madre Sra. Malva Hernández realizó incontables acciones administrativas y denuncias a organismos nacionales e internacionales, sin haber podido establecer el destino de su hijo Rodrigo Medina Hernández.

 JUSTICIA 

Ese mismo día fue detenido el estudiante de Filosofía y también militante del MIR, Luis Hernán NUÑEZ ROJAS, quien se encuentra desaparecido desde esa fecha.

La Comisión está convencida de que sus desapariciones fueron obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

El 6 de agosto de 1976 se inició la causa rol Nº11.084, en el 4º Juzgado del Crimen de Santiago, decretándose una serie de diligencias por parte del Juez sumariante. El 11 de agosto de 1876 el Juez resolvió la acumulación de la presente causa a la rol Nº10.927, por tratarse de los mismos hechos.

 

Consultadas por el Juez las unidades de Carabineros con jurisdicción en el sector de los hechos investigados, la 22ª y 27ª Comisarías, informaron en junio y septiembre de 1977 que no registraban en sus libros la detención del afectado. Los distintos cementerios de la capital informaron no tener ingresado ningún cadáver con el nombre de Rodrigo Medina Hernández.

           

El 21 de octubre de 1977 se declaró cerrado el sumario. Además "no obstante encontrarse agotada la investigación del hecho denunciado... no se ha justificado que sea la consecuencia de un hecho delictual o cuasidelictual" por lo que se sobreseyó temporalmente la causa.

           

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